Ejercicio fiscal 2026 · RETA · Actualizado conforme al RDL 16/2025

Calculadora del autónomo

Cuotas congeladas
2026 · MEI 0,9%

Modelo 130: tu pago fraccionado del IRPF

Cada trimestre adelantas a Hacienda el 20 % de tu rendimiento acumulado del año, descontando lo ya pagado y las retenciones que te han practicado tus clientes.

Desde el 1 de enero hasta el final del trimestre que declaras.

Incluye aquí tus cuotas de autónomo pagadas.

Opciones avanzadas (pagos anteriores y retenciones)
Rendimiento acumulado (ingresos − gastos)9000,00 €
20 % del rendimiento1800,00 €
Pagos fraccionados anteriores−0,00 €
Retenciones soportadas−0,00 €
Resultado a ingresar este trimestre1800,00 €

Cálculo 2026 · pago fraccionado del 20 % (art. 110 RIRPF)

Si más del 70 % de tus ingresos ya llevan retención, normalmente no estás obligado a presentar el Modelo 130.

Qué es el Modelo 130 y cómo se calcula

El Modelo 130 es la declaración con la que los autónomos en estimación directa adelantan trimestralmente su IRPF. Funciona como un anticipo: cada trimestre pagas el 20 % de tu rendimiento neto acumulado del año (ingresos menos gastos desde el 1 de enero), y en la declaración de la renta se regulariza todo lo adelantado.

Del 20 % del rendimiento se restan dos cosas: los pagos fraccionados que ya hiciste en los trimestres anteriores del mismo año y las retenciones de IRPF que tus clientes te hayan practicado. Por eso, a medida que avanza el año, el importe a ingresar puede subir o bajar según cómo evolucionen tus ingresos y gastos acumulados.

Como el cálculo es acumulativo, un trimestre flojo puede dar un resultado negativo. En ese caso no ingresas nada y la cantidad queda a compensar con los trimestres siguientes; nunca se traduce en una devolución inmediata.

Ejemplo resuelto

Un autónomo lleva 12.000 € de ingresos y 3.000 € de gastos acumulados, sin pagos anteriores ni retenciones. Su rendimiento es de 9.000 € y el 20 % son 1.800 € a ingresar este trimestre. Si en el siguiente trimestre sus gastos crecieran más que sus ingresos, el nuevo cálculo acumulado podría reducir —o incluso anular— el importe a pagar.

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 130?
Los autónomos en estimación directa cuya actividad no esté sujeta mayoritariamente a retención. Si más del 70 % de tus ingresos ya llevan retención de IRPF, normalmente no estás obligado a presentarlo.
¿Por qué es el 20 %?
El pago fraccionado del IRPF en estimación directa es el 20 % del rendimiento neto acumulado del año (ingresos menos gastos desde el 1 de enero). De ese importe se descuentan los pagos de trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado.
¿Qué pasa si el resultado es negativo?
Si sale negativo (por ejemplo, por muchas retenciones o pérdidas), el resultado es cero a ingresar y queda "a compensar" en los siguientes trimestres del mismo año. No se devuelve en ese momento: la devolución, si procede, se regulariza en la declaración de la renta.
¿Cuándo se presenta el Modelo 130?
Trimestralmente: hasta el 20 de abril (T1), 20 de julio (T2), 20 de octubre (T3) y 30 de enero del año siguiente (T4). Si domicilias el pago, la fecha límite se adelanta unos días.

Fuentes oficiales: laficha del Modelo 130 en la AEATy el IRPF de la Agencia Tributaria.

Consulta todas las fechas en elcalendario fiscal del autónomo 2026.